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El Hipotecón

Gastos e impuestos

Impuestos de hipoteca en Asturias

Asturias concentra sus reducciones fiscales en la vivienda de protección pública y en los colectivos con menor capacidad económica de la región. El tipo general de AJD es del 1,2%, aunque desde la Ley 5/2019 lo paga el banco, no el cliente.

AJD en Asturias: 1,2%

Este tipo está por debajo de la media nacional orientativa (en torno al 1.4%).

¿Quién puede pagar un AJD reducido en Asturias?

Determinados colectivos pueden beneficiarse de un tipo reducido del 0,3% para viviendas de protección pública y personas con discapacidad.

  • Viviendas de protección pública
  • Personas con discapacidad
  • Familias numerosas

Ejemplo práctico: hipoteca de 90 m² en Asturias

Con un precio medio orientativo de 1.400 €/m² en la zona, una vivienda de 90 m² rondaría los 126.000 €.

Precio orientativo vivienda126.000 €
Capital financiado (80%)100.800 €
Responsabilidad hipotecaria131.040 €
AJD estimado (1,2%, lo paga el banco)1.572 €

Consejo de nuestros analistas: Si compras una vivienda de protección pública en Asturias, guarda la calificación provisional o definitiva: es el documento que acredita la bonificación del AJD.

Evolución del precio de la vivienda en Asturias

Según el Índice de Precios de Vivienda (IPV) del INE, la vivienda en Asturias se ha encarecido un 13,9% en el último año (dato del 4º trimestre de 2025). Con precios al alza, comparar condiciones antes de firmar es clave para no perder capacidad de negociación. Simula tu cuota con nuestro simulador de hipoteca o compara ofertas en el comparador de hipotecas.

Variación interanual (INE, 4º trim. 2025)

+13,9%

Índice de Precios de Vivienda, dato oficial del INE

¿Quién paga cada gasto de la hipoteca en Asturias?

Desde la Ley 5/2019 (LCI), la respuesta es la misma en toda España, incluida Asturias: el banco paga el AJD (aquí, el 1,2%), la notaría, el registro de la propiedad y la gestoría. El único gasto que sigue a cargo del cliente es la tasación de la vivienda, que para una vivienda de 90 m² valorada en torno a 126.000 € suele rondar entre 300 € y 600 €, según la entidad tasadora.

GastoLo paga
Impuesto AJD (1,2%)Banco
NotaríaBanco
Registro de la propiedadBanco
GestoríaBanco
Tasación de la viviendaCliente

Calcula el importe exacto de cada partida en nuestra calculadora de gastos e impuestos o compara las mejores hipotecas fijas, variables y mixtas en nuestro comparador.

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Preguntas frecuentes sobre impuestos de hipoteca en Asturias

Dudas concretas sobre el AJD, quién paga cada gasto y las bonificaciones fiscales disponibles en tu comunidad.

¿Cuál es el tipo de AJD para una hipoteca en Asturias?

El tipo general de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en Asturias es del 1,2%.

Asturias concentra sus reducciones fiscales en la vivienda de protección pública y en los colectivos con menor capacidad económica de la región.

¿Existe un tipo reducido de AJD en Asturias?

Sí. Asturias aplica un tipo reducido del 0,3% para viviendas de protección pública y personas con discapacidad.

Los colectivos habituales que pueden beneficiarse son:

  • Viviendas de protección pública
  • Personas con discapacidad
  • Familias numerosas
¿Quién paga el AJD y los demás gastos en Asturias?

Desde la Ley 5/2019 (LCI), el AJD lo paga el banco en toda España, igual que la notaría, el registro de la propiedad y la gestoría.

El cliente suele asumir únicamente la tasación de la vivienda, con independencia de la comunidad autónoma.

¿El AJD afecta al importe que me presta el banco?

No directamente. El AJD se calcula sobre la responsabilidad hipotecaria (el importe garantizado en la escritura), pero al estar a cargo del banco desde 2019, no reduce la cantidad que recibes ni aumenta lo que debes devolver.

Otras comunidades autónomas

El tipo de AJD y las bonificaciones de Asturias son orientativos y están sujetos a la normativa fiscal vigente, que puede variar cada ejercicio. Consulta siempre con un profesional antes de firmar tu hipoteca. El Hipotecón actúa como portal comparador e intermediario de crédito inmobiliario conforme a la Ley 5/2019 (LCI).